martes, 18 de abril de 2006

Tertulia del Martes 18/04/06

La LOPNA: Mitos y Realidades
Profesor y Abogado Manuel Antonio Suescún Salas

El Dr. Manuel Antonio Suescún S. Es nativo de la ciudad de San Cristóbal. Egresado del Liceo Simón Bolívar de esta Ciudad, cursa estudios en El Centro Interamericano de Educación Rural (CIER) Rubio, Universidad de los Andes, Núcleo Táchira, La Universidad Católica del Táchira y La Universidad Pedagógica Experimental Libertador. Instituto Pedagógico Rural “Gervasio Rubio”

Director jubilado del MED. Labora corno Profesor de Post grado en la Universidad Santa Maria, Extensión Táchira, con la Cátedra “Deontología aplicada al campo Educativo”: En la UPEL. Sub Dirección de Postgrado e Investigación con la Cátedra “Dinámica de la Educación Rural

Y la Sub Dirección de Extensión con la Cátedra de “Legislación Educativa”, Facilitador de Cursos, Talleres y Diplomadas para Profesionales no docentes y de Ascenso de Categoría para docentes en servicio en la Coordinación de la ciudad de San Cristóbal.



La Ley Orgánica para la Protección del Niño(a) y Adolescente constituye en Venezuela una representación jurídica de gran relevancia en los últimos tiempos, no solo por los actores a quien va dirigida sino básicamente, por los cambios sustanciales y emblemáticos en lo que a principios doctrinarios se refiere lo que va a repercutir en un cambio sustancia! en la interpretación social en cuanto a su organización y desarrollo.
Entra en vigencia al ser publicado en Gaceta Oficial N° 34.541 el 29 de agosto de 1998; en sus 685 Artículos, se les confiere a niños, niñas y adolescente derechos y deberes, que a pesar de estar establecidos en lo Constitución, no se les reconocí a solo por interpretaciones caducas y extemporáneas.
He aquí nuestro punto de encuentro con una Ley cuya aplicación nos lleva a reflexionar sobre sus mitos y realidades, conversemos y veremos...! Les parece?

ESTRATEGIA DE ENFOQUE
Saludo y Preámbulo:
• Una tertulia para qué
• Desarrollo Personal, profesional, social,
• Consolidación de vínculos,
• Consistencia cognitiva,
• Apropiación de valores y principios.
El Tema en cuestión:
• Fundamento jurídico de los actos sociales.
• Las Leyes y las personas. Los niños, niñas y adolescentes.
La L. O. P. N. A. Mitos y Realidades. Por qué el título.
ESTRATEGIA DE DISCUSIÓN
PRIMER MOMENTO.- El pasado y lo vivido.
• La convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN) 20-11-1989
• Antecedentes: Derogación de la Ley Tutelar del Menor 1980-1990
• Negación explícita y sistemática de los principios básicos y elementos del derecho, incluso los de la propia Constitución.
• Concepciones doctrinarias en las construcciones jurídicas y en las estrategias fácticas.
• Manejo del paradigma “de la situación irregular”

• Ser objeto de cualquier medida estatal, no sujetos de pleno derecho,
• Se judicializan los problemas vinculados a la infancia en situación de riesgo.
(Patologías por problemas estructurales)
• Criminalización de la pobreza,
• Impunidad, para el tratamiento de los conflictos de naturaleza penal cometidos por adolescentes.
SEGUNDO MOMENTO.- El presente, hechos y acontecimientos.
• Amplio marco referencial,
• Cambio de paradigma. La doctrina “de la protección integral”
• Impunidad, para el tratamiento de los conflictos de naturaleza penal cometidos por adolescentes.
• No a la discriminación: “Todos los derechos para todos los niños”
• Convierte las necesidades de niños(as) y adolescentes en derechos civiles, culturales, económicos, políticos, sociales y jurídicos.
• El niño(a) como sujeto de derechos,
• El interés superior del niño,
• Prioridad absoluta,
• Sistema de protección.
• La casuística.
TERCER MOMENTO.- El futuro, secuelas y la sociedad pertinente.
• Marco anecdótico. El hedonismo.
• Necesidad de reformulación,
• La familia y sus riesgos.
• Anarquización de los derechos ante los deberes.

- Conclusiones y cierre.


“No es la carne y la sangre, sino el corazón lo que nos hace padres e hijos”.

SCHILLER




En esta tertulia se rifó un cuadro de Simón Bolívar, del Pintor Ingenuo HumbertoParra Sánchez, donado por el Sr. Gonzalo Enrique Becerra, la ganadora fue la Sra. Teresa D'Aveta de Medina